La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos determinó la aplicación de un arancel adicional del 25% a una variada gama de importaciones provenientes de Brasil. La medida, dictada bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, entrará en vigencia el próximo 22 de julio de 2026 y representa la conclusión de una investigación formal de aproximadamente un año. Este proceso administrativo incluyó la realización de dos audiencias públicas que recibieron el testimonio de 77 testigos, además de la evaluación de más de 360 comentarios por escrito de diversos sectores económicos.
El argumento principal de las autoridades estadounidenses apunta a prácticas comerciales y regulatorias en Brasil que consideran restrictivas e irrazonables para sus empresas. Específicamente, Washington señala barreras en el comercio digital y los servicios de pago electrónico, haciendo alusión al sistema PIX, además de aranceles preferenciales distorsivos. También se cuestionan las limitaciones al ingreso del etanol estadounidense al mercado brasileño, deficiencias en la protección de propiedad intelectual y la obtención de ventajas competitivas ilícitas mediante actividades agrícolas vinculadas a tierras deforestadas de forma ilegal.
El recargo arancelario afectará a sectores brasileños altamente competitivos como el etanol, el azúcar, la madera, el calzado, el tabaco, el papel, la maquinaria industrial, los neumáticos, los transformadores eléctricos y las excavadoras. No obstante, la resolución estadounidense excluyó de esta penalización al petróleo crudo, el café en grano, las aeronaves, la carne bovina congelada, la celulosa blanqueada, el jugo de naranja, el ferroniobio y el mineral de hierro. Por su parte, la administración de Luiz Inácio Lula da Silva rechazó los fundamentos técnicos de la sanción, alegando la falta de pruebas sobre un daño real a las corporaciones estadounidenses, al tiempo que advirtió sobre posibles represalias bajo su Ley de Reciprocidad Económica.
La disputa comercial podría profundizarse en el corto plazo debido a una segunda investigación en curso por parte del gobierno estadounidense, orientada a evaluar el uso de trabajo forzoso en la cadena productiva de Brasil. Si este proceso concluye de manera desfavorable para Brasilia, se contempla la aplicación de un recargo adicional del 12,5%, lo que elevaría la carga arancelaria total a un 37,5% sobre los productos afectados.
En este escenario de creciente tensión bilateral, Paraguay no ha sido mencionado en las resoluciones ni se encuentra sujeto a ninguna de las medidas restrictivas impuestas por Washington. Esta exclusión de la guerra comercial regional posiciona de manera favorable al sector exportador paraguayo. Al no enfrentar el sobrecosto arancelario del 25%, la producción nacional adquiere una ventaja competitiva relativa frente a su competidor regional más grande en el mercado de Estados Unidos, principalmente en rubros estratégicos como el etanol y la agroindustria sojera y azucarera.
Aunque la captura de este flujo comercial dependerá de la capacidad de respuesta logística y productiva de las firmas locales, la asimetría arancelaria abre un espacio propicio para la negociación de nuevos contratos de exportación. De sostenerse el conflicto comercial y materializarse la escalada del gravamen estadounidense al 37,5%, la brecha de costos consolidará un incentivo económico significativo para que los compradores en Estados Unidos busquen sustituir sus proveedores tradicionales brasileños por alternativas en el mercado paraguayo.
