El Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay y el Centro de Armadores Fluviales y Marítimos ratificaron su postura de no convalidar el cobro unilateral de peajes en el tramo argentino Santa Fe-Confluencia de la Hidrovía Paraguay-Paraná, sosteniendo la controversia en el ámbito arbitral del Acuerdo de Las Leñas. La tarifa impuesta de 1,47 dólares por tonelada de registro neto genera un sobrecosto acumulado de más de 30 millones de dólares anuales para la flota mercante nacional, la tercera más grande del planeta con más de 3.000 embarcaciones en operación regular.
El mecanismo jurídico que ampara el reclamo paraguayo se fundamenta en el protocolo internacional de libre navegación que rige para los cinco países ribereños de la cuenca. Dicho tratado prohíbe taxativamente la creación de tasas o gravámenes a la navegación internacional que no respondan a servicios de dragado o balizamiento efectivamente prestados, justificados y auditados de común acuerdo. Las pericias técnicas presentadas por CAFYM demuestran que las condiciones naturales del canal navegable en ese tramo no requirieron trabajos adicionales que motiven una tasa.
El impacto sobre la estructura de costos logísticos es de gran envergadura: anualmente transitan más de 1.200 convoyes de barcazas por el tramo en conflicto transportando granos de soja, aceites vegetales, harina, mineral de hierro y combustibles importados. La imposición de gravámenes sin contraprestación comprobada erosiona el margen de rentabilidad de los productores agropecuarios paraguayos y encarece el precio de los bienes finales de consumo en el mercado interno, afectando la competitividad de toda la cuenca del Plata y encareciendo la logística regional.
En términos de competitividad logística regional, el cobro del peaje distorsiona el transporte masivo de granos de Paraguay, el sur de Bolivia y el estado brasileño de Mato Grosso do Sul hacia los puertos de exportación de ultramar. Mientras los convoyes de empuje paraguayos mueven más de 1.200 viajes al año compitiendo con fletes ferroviarios internacionales, la imposición de tarifas sin contraprestación encarece los costos de exportación de commodities y encarece la importación de hidrocarburos esenciales para el abastecimiento interno.
Los armadores fluviales y los representantes de la Cancillería coincidieron en que la defensa de la libre navegabilidad constituye una causa de Estado innegociable. En relación con este litigio, los directivos de CAFYM afirmaron que cualquier cobro en el tramo internacional debe fundamentarse en servicios reales y auditados por los Estados signatarios, advirtiendo que los gravámenes indebidos restan previsibilidad al comercio exterior del bloque regional y vulneran los acuerdos fundacionales del Mercosur.
Las próximas sesiones de la Comisión Intergubernamental de la Hidrovía evaluarán los informes de auditoría técnica presentados por las partes para determinar la legalidad de los cobros realizados. Paraguay mantendrá su estrategia coordinada entre el sector público y privado, garantizando que el transporte fluvial continúe siendo la arteria más eficiente y económica para el desarrollo productivo del corazón sudamericano.
La posición unificada del sector privado y la Cancillería paraguaya cuenta además con el respaldo formal de las delegaciones de Brasil, Bolivia y Uruguay en el seno de la Comisión Intergubernamental de la Hidrovía. Los cuatro países ribereños coinciden en que la aplicación de tarifas unilaterales vulnera los principios de equidad y no discriminación consagrados en el derecho fluvial internacional, sentando un precedente negativo que amenaza el libre tránsito y la integración física en la cuenca del Plata.
